Teletrabajo
10 diciembre 2025
La presente convocatoria se dirige al Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios de la UMH en servicio activo que reúna los requisitos y características exigidos.
Notas de interés
- Modalidad M1: La prestación de servicios en la modalidad de teletrabajo tendrá carácter voluntario y reversible, y se realizará hasta un máximo de un día a la semana previa petición de la persona interesada, acompañada del plan de trabajo específico e individualizado emitido por la persona responsable del servicio o unidad administrativa. No obstante lo anterior, de darse alguna de las situaciones descritas a continuación, la prestación de servicios en modalidad de teletrabajo podrá ser
De un mínimo de un día y un máximo de dos días a la semana:
- Tener a su cargo, acreditado, hijos entre 4 meses y 14 años, por naturaleza, adopción o acogimiento permanente o preadoptivo.
- Mayores de 60 años
Y, de un mínimo de un día y un máximo de cuatro días a la semana:
- Tener a su cargo, acreditado, familiares hasta el 2º grado de consanguinidad o afinidad, que requieran atención continuada.
- Aquellas en las que concurran circunstancias personales o laborales debidamente motivadas que justifiquen acogerse a esta modalidad
Dichas peticiones se podrán realizar en cualquier momento y con posterioridad a los plazos establecidos, cuando la prestación de servicios en modalidad de teletrabajo se pueda conceder hasta un máximo de 4 días, en el resto de casos no.
- Modalidad M2:
- 2.1. Modalidad de teletrabajo por causas organizativas de carácter extraordinario (M.2.1): Situaciones de crisis, determinadas por el Consell o la Universidad
- 2.2. Modalidad de teletrabajo de carácter voluntario extraordinaria (M.2.2): Es aquella que es solicitada de forma voluntaria por la persona trabajadora, que podrá implicar hasta el 100 % de la jornada semanal de manera no presencial, por darse algunas de las circunstancias descritas a continuación.
a) Por darse alguna situación relacionada con la salud del personal empleado público que, aun encontrándose en situación de no emitirse el parte de baja por incapacidad temporal, le impida acudir al centro de trabajo con todas las garantías.
b) Por enfermedad grave puntual y temporal de ascendiente o descendiente en primer grado por consanguinidad o por afinidad, o de la persona respecto de la que se ejerza la tutoría
legal.
c) Por patología inhabilitante grave de desarrollar actividad normal de ascendiente en primer grado por consanguinidad o por afinidad o descendiente en primer grado por consanguinidad, o de la persona respecto de la que se ejerza la tutoría legal.
d) Por permiso por cuidado de hija o hijo menor afectado por cáncer u otra enfermedad grave a que hace referencia el artículo 49.e del TREBEP. El personal que pueda solicitar el
permiso por cuidado de hija o hijo menor afectado por cáncer u otra enfermedad grave, y cuando se reúnan las condiciones para otorgarle aquél, podrá optar por solicitar teletrabajo siempre que solicite una reducción de jornada no superior a la mitad de aquella.
e) Por embarazo de la empleada pública, a partir del quinto mes de gestación.
f) Por mujeres víctimas de violencia de género.
g) Por casos de acoso sexual y por razón de sexo.
h) Por casos de acoso laboral.
i) Por otras causas no contempladas en los puntos anteriores debidamente justificadas.
Plazos para solicitar el teletrabajo en el caso de nuevas solicitudes o modificaciones a la misma en 2025 y siguientes:
- Remisión nueva solicitud o modificaciones al anterior (por la persona interesada) y siempre hasta el 31 de diciembre del año de la solicitud:
- 01 al 10 de febrero: Efectos 01 marzo
- 01 al 15 de mayo: Efectos 01 julio
- 01 al 15 de octubre: Efectos 01 noviembre
- El Plan General se deberá enviar actualizado si hay nuevas peticiones y antes del inicio del plazo de solicitud (con el fin de tenerlo disponible cuando lleguen las nuevas solicitudes)
Para realizar nueva solicitud de teletrabajo, es necesario haber realizado 3 meses mínimo de trabajo efectivo antes del envío de la solicitud y a la hora de realizar la solicitud, además de toda la documentación exigida, el plan individual deberá ir firmado por el/la Responsable y por el/la Director/a de Instituto, Departamento, Facultad, Escuela, en su caso.
Requisitos para solicitar la prórroga que se realizará por sede:
- Continuar en las mismas condiciones que el acuerdo firmado (si se cambia el día, hay que solicitarlo de nuevo).
- Tener vigente la formación referida en el art. 13 de la normativa (3 años, salvo que no exista actualización al respecto). Si no está vigente y hay actualizaciones, deberá realizarla si desea prorrogar el acuerdo.
- No existe actualización de:
- Herramientas colaborativas
- Protección de datos
- Prevención de riesgos laborales en teletrabajo (última actualización en campus virtual)
- No existe actualización de:
- Se deberá enviar el plan individual debidamente firmado (si ha variado) por el/la Responsable y por el/la Director/a de Instituto, Departamento, Facultad, Escuela, en su caso y las actividades formativas (obligatoriamente)
- Se deberá enviar también la formación referida en el art. 13 con el fin de confirmar que sigue vigente.
- En el caso de solicitar la prórroga, por la modalidad M.1 (cuidado familiar) o M2.2 el informe médico deberá estar actualizado, cuya vigencia máxima es de un año. Por tanto, la duración de dicha prórroga, deberá coincidir con la vigencia de dicho informe.
- En el caso de prórroga se podrá solicitar hasta máximo un año desde el inicio de la misma y 15 días antes de su finalización (no durante los 15 días) o en los plazos establecidos.
Documentación a aportar según la modalidad:
Acreditación de haber superado taller prevención en riesgos laborales en materia de teletrabajo
Conocimiento herramientas informáticas: Mínimo 12 horas herramientas colaborativas Gsuite (o los talleres prácticos realizados en formación del PAS)
- Trabajo colaborativo en la nube. Correo web
- Trabajo colaborativo en la nube. Calendar
- Trabajo colaborativo en la nube. Documentos en línea
- Google Chrome. Aplicaciones y extensiones
Acreditación de haber superado taller protección de datos en materia de teletrabajo
Plan de trabajo específico e individualizado
Documento justificativo de la modalidad elegida (libro de familia, declaración jurada…), en su caso
Resolución de reducción horaria, en su caso
Acreditación de haber superado taller prevención en riesgos laborales en materia de teletrabajo
Conocimiento herramientas informáticas: Mínimo 12 horas herramientas colaborativas Gsuite (o los talleres prácticos realizados en formación del PAS)
- Trabajo colaborativo en la nube. Correo web
- Trabajo colaborativo en la nube. Calendar
- Trabajo colaborativo en la nube. Documentos en línea
- Google Chrome. Aplicaciones y extensiones
Acreditación de haber superado taller protección de datos en materia de teletrabajo
Plan de trabajo específico e individualizado
Informe médico de la UMH
Resolución de reducción horaria, en su caso
Resolución Rectoral 05116/2021, de 20 de diciembre
, por la que se incorporan y suprimen diversos trámites al catálogo de procedimientos y servicios electrónicos de la Universidad Miguel Hernández de Elche y se determinan los procedimientos y servicios cuya tramitación será exclusiva y obligatoria por medios electrónicos
Comisión de Seguimiento y Control en materia de teletrabajo
(RR 2049/23 de 20 de julio de 2023)
Sustitución de los miembros de la Comisión de Teletrabajo para el Personal Técnico de Gestión y Administración de Servicios
(RR 3490/25 de 10 de diciembre de 2023)
Presentación Normativa Teletrabajo 22 de junio de 2022 ![]()
Presentación Medios Telemáticos para el teletrabajo de 22 de junio de 2022 ![]()
Documentación a aportar al/la Jefe/a o Responsable en el caso de sólo realizar las 2.5 horas de la jornada de tarde/mañana en la modalidad de teletrabajo: